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La AN ordena continuar la investigación sobre la muerte de Emin y Pisly

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de la Fiscalía que solicitaba el archivo de las investigaciones sobre el fallecimiento de dos jóvenes melillenses a causa de los disparos procedentes de una patrullera de la Marina Real de Marruecos, el pasado 27 de octubre de 2013, tras una persecución. Según ha informado en un comunicado ILOCAD, el despacho de abogados que dirige el exmagistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, el tribunal ha ordenado que se prosigan las diligencias.
El alto tribunal quiere saber cuáles fueron las circunstancias en las que murieron Abdeslam Ahmed Ali “Pisly” y Mohamed Amin Mohamed Dris “Emin”, mientras navegaban, con autorización, en aguas jurisdiccionales marroquíes, con matrícula y bandera española.

La agencia oficial de Marruecos MAP publicó, en octubre de 2013, de fuentes policiales marroquíes, los hechos habrían ocurrido en una zona próxima denominada 'Punta Negri' después de que los dos jóvenes desatendieran el alto de la Marina Real marroquí, intentaran embestir a la patrullera y huyeran. Al parecer, los jóvenes fallecieron como consecuencia de los disparos.

Los magistrados de la Sala, Félix Alfonso Guevara Marcos, Ana María Rubio Encinas y Fermín Javier Echarri Casia señalan en un auto que "habiendo ocurrido la muerte de dos españoles a bordo de una embarcación españoles" corresponde a los tribunales españoles "el conocimiento de las causas" por delitos y faltas cometidos en territorio español o cometidos a bordo de buques o aeronaves españoles. Añaden que no hay perjuicio alguno en lo previsto en los tratados internacionales en los que España es parte.

El Ministerio Público considera que existe inmunidad jurisdiccional y que la jurisdicción española no es competente para conocer de los hechos denunciados, con una interpretación restrictiva del principio de territorialidad, ya que los hechos delictivos tuvieron lugar en aguas jurisdiccionales de Marruecos.

Es decir, para la Fiscalía el delito no se cometió a bordo de un buque español si no contra un buque o aeronave española y sus ocupantes. Sin embargo, la Sala explica que esta aplicación restrictiva de los términos "a bordo de buques o aeronaves españoles" se limita a buques de guerra o del Estado.

ILOCAD, como representante legal de las familias de las víctimas, cree que es "esperanzador" que la investigación de este suceso continúe. Así, en el comunicado, ha manifestado que es una "buena noticia" para los familiares, ya que desde que sucedieron los hechos "ni el Gobierno español ni el marroquí han dado explicación alguna, ni han impulsado la investigación de los asesinatos".

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Redacción

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