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En 2015 fue condenada a 6 años y dos meses de prisión por el ‘caso Viviendas Melilla 97’

Asunción Collado, condenada a otros tres años y medio de cárcel por estafa

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La titular del Juzgado de lo Penal número 2 ha dictado sentencia condenatoria para Asunción Collado al entender que es la autora criminalmente responsable de un delito de estafa en la modalidad de doble venta. Según considera probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso MELILLA HOY, la propietaria de Lidesur recurrió al "engaño para producir error" en el querellante, que llegó a pagar en el año 2007 más de 220.000 euros por una finca comercial de la promoción Dalí de la que nunca obtuvo su escritura. Asunción Collado ha vuelto a ser condenada, esta vez por un delito de estafa en la modalidad de doble venta. La letrada, que ya ingresó en prisión hace más de cuatro meses por otro delito de apropiación indebida, deberá añadir la pena de tres años y medio de cárcel a la condena anterior, de cinco años y medio.
En la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla, a la que este diario ha tenido acceso, la magistrada considera probado que la abogada obró “con ánimo de lucro”. Según expresa, Collado recurrió al “engaño para producir error” en el querellante, que llegó a pagar en el año 2007 más de 220.000 euros por una finca comercial de la promoción Dalí de la que nunca obtuvo su escritura.
Según dictó la magistrada, ha quedado demostrado que, pese a que el perjudicado pagó la cantidad estipulada por contrato en su totalidad, “prevaliéndose de su credibilidad y de la confianza depositada en la misma” por los querellantes, “con ánimo de ilícito enriquecimiento patrimonial, perfectamente consciente de sus actos, no formalizó la escritura pública oportuna”.
La titular del Juzgado de lo Penal número 2 también afirma en la sentencia que Collado, siendo plenamente conocedora de lo que hacía, obró “con clara mala fe” al constituir una segunda hipoteca sobre la finca, la cual volvió a vender en el año 2009 a la promotora Montesur, todavía sin haber devuelto el dinero pagado por los perjudicados por la compra venta de la propiedad. Dinero que, según se recoge, todavía no han recibido, pese a las numerosas promesas de la condenada.
Aunque el Ministerio Fiscal y la acusación personal pedían una condena de cuatro años de prisión, la procesada finalmente ha sido castigada con una pena de tres años y seis meses. Además, por un lado tendrá que pagar una sanción de 9.900 euros y, por otro, abonar en nombre de la empresa Lidesur la cantidad de 220.202 euros por el importe estafado.

Collado: “Nunca reconoceré una doble venta”
En la vista judicial, celebrada en septiembre de este año en la sala del Juzgado de lo Penal número 2, la condenada aseguró que nunca reconocería haber efectuado una doble venta ni haber obrado con ánimo de estafa. Según declaró entonces, había alcanzado un acuerdo verbal con el querellante por el que ella se comprometía a devolverle el dinero del local y a rescindir el contrato. En contra de lo que afirmó en el juicio el denunciante, Collado sostuvo que este le hizo saber en numerosas ocasiones que ya no quería la finca, pidiéndole la devolución del dinero abonado.
Durante el trascurso de la vista, la letrada reconoció que estaba “pagando caro” el hecho de no haber sacado el proyecto a concurso. Asimismo, puso de manifiesto que de lo único de lo que era culpable era de haber “gestionado mal la crisis”.

Condenada también la apoderada de Collado
Por otro lado, la titular del Juzgado de lo Penal número 2 ha dictado sentencia condenatoria para la auxiliar de la inmobiliaria de Collado, quien responde a las iniciales de N.I.F.A., al entender que actuó como “cooperadora necesaria” para que se pudiera efectuar el delito de estafa, ya que fue la persona que acudió a la notaría y actuó como apoderada en la segunda venta de la finca.
“Ella firmaba en mi nombre, pero no tenía potestad para tomar decisiones”, intentó defenderla Asunción Collado durante su declaración judicial.
Finalmente, la magistrada le ha condenado por el delito de estafa en calidad de cooperadora necesaria a la pena de un año de prisión. No obstante, en vista de que no tiene antecedentes penales, no se ha opuesto a la suspensión del ingreso en prisión, condicionado al abono de una multa de 2.700 euros.

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Irene Quirante

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