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Declaran culpable de homicidio a T.M.A. al concluir que no tenía intención de matar a un joven en el Pub Ángelo

El fiscal solicitó que siguiera en prisión provisional y la defensa solicitó que le pusieran en libertad
(Autor: GUERRERO)

"No quería matar a nadie". El Jurado Popular dictaminó ayer la culpabilidad del melillense de 34 años de edad, autor del disparo mortal a S.O.A., un joven de 24 años, cuando se encontraba de fiesta en el Pub Ángelo en enero de 2015. Sin embargo, el Jurado entiende que el acusado no quería directamente acabar con la vida del joven, pero sí que cuando carga el arma sabía que cabía la posibilidad de provocar una muerte, motivo por el que consideran homicidio y no asesinato. Ante el dictamen, el fiscal ha rebajado su petición de pena de 16 años de prisión a 7 años y medio por homicidio, y de 3 años de prisión por amenazas y tenencia ilícita de armas, a 6 y 9 meses de cárcel, respectivamente, aunque será el magistrado de la Audiencia Provincial el que dictamine finalmente la pena. El Jurado Popular ha declarado culpable al melillense de 34 años de edad, T.M.A., por acabar con la vida de un joven de 24 años cuando se encontraba de fiesta en el Pub Ángelo en la madrugada del 24 de enero de 2015.

Sin embargo, el Jurado en base a las pruebas testificales, el vídeo y los peritos que han declarado a lo largo de los tres días de juicio, ha considerado acreditado que el melillense no quería matar al joven, pero cuando cargó la pistola era consciente de las probabilidades que habían para que pudiera acabar en un fatal desenlace como finalmente ocurrió.

Es el motivo por el que afirman que fue un homicidio y no un asesinato como en un principio se le acusaba, ya que sino en el momento de cargar y entrar por segunda vez al bar en vez de ir a "intimidar", hubiera disparado directamente al joven. Sin embargo, se ve en el vídeo que T.M.A. se queda "sorprendido" y rodea al joven fallecido buscando si le había herido y qué había pasado.

Nada más acabar la breve vista en la Sala, para presentar el veredicto del Jurado, la familia del principal acusado reventó en lágrimas aunque con cierta satisfacción. Y es que de esta manera T.M.A. no se enfrenta en un principio a los 22 años iniciales que le pedía el fiscal, sino a los 8 años y 9 meses tras considerar el jurado que era homicidio y no un asesinato, y acreditar tanto las amenazas, al haber apuntado al amigo del fallecido con la pistola y la tenencia ilícita de armas por no contar con licencia.

Toxicomanía sí, epilepsia no
Además, consideran comprobado mediante los testigos -el propietario del pub, un camarero, los dos amigos del acusado y la limpiadora del pub- que T.M.A. estaba ebrio y había consumido cocaína, por lo que creen acreditado la eximente incompleta por el alcohol y drogas. Aún así, el Tribunal no asume la tesis de la defensa de que se haya acreditado que T.M.A. sufriera de epilepsia, solo que tenía limitada su capacidad de entender y querer porque se encontraba bajo los efectos de las drogas y el alcohol. Algo, que señalan, se ve en las imágenes recogidas por las cámaras del pub, en las que T.M.A. entra tambaleándose, y en el local, durante todo el tiempo, se apoya en la pared.

No atenuante de confesión
Aún así el Jurado no cree que se deba aplicar la atenuante por confesión, al ser casi dos meses más tarde cuando se entrega ante las autoridades policiales después de estar ese tiempo residiendo en Marruecos, según el acusado, para "ponerse bien".

Del mismo modo, resuelven que dado que el acusado pagó una indemnización a los padres del joven y se ha mostrado arrepentido -fue lo que el acusado indicó en su derecho a la última palabra antes de finalizar el juicio- creen que si debe concurrir la atenuante de reparación del daño.

Pide 6 años de prisión
La defensa sigue convencido de que fue una muerte por accidente la que se produjo en el Pub Ángelo, motivo por el que recurrirá la sentencia. Aún así, durante las calificaciones en Sala después de presentar el veredicto, la defensa pidió una pena de cinco años de prisión, seis por el delito de amenazas y seis por el de tenencia ilícita de armas.

Por otro lado, considera que se debe poner en libertad provisional dado que la sentencia que emita la Audiencia no es firme y anunció que será recurrida. Sin embargo, el fiscal cree que se debe aplicar la prisión provisional prolongada hasta la mitad de la pena.

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Nerea de Tena Alvarez

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