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Tribuna Pública

Notas a las observaciones recientes sobre mi último trabajo acerca de la seguridad de Melilla

(El doctor en Ciencia Política y de la Administración, Jesús A. García Ayala, puntualiza las declaraciones vertidas por nuestro colaborador Marcos Rober, sobre su último artículo en relación a la seguridad de Melilla)

De entrada, las observaciones a cualquier trabajo de la índole del de referencia deben ser bienvenidas, en tanto en cuanto pueden permitir profundizar en el objeto de conocimiento del mismo, de la misma manera que deben ser bienvenidos aquellos trabajos que, a partir total o parcialmente de los precedentes, intenten su perfeccionamiento y extensión. Por ello, no descarté dicha previsión en la elaboración de mi trabajo y, en coherencia con el método científico, facilité todas las citadas posibilidades procediendo sistemáticamente a la cita de las fuentes documentales correspondientes. Lo que debe entenderse sin perjuicio de que, como autor, insista en la validez, a mi juicio, de determinadas cuestiones que, sobre la metodología utilizada y otros aspectos, han sido objeto de las observaciones que paso a comentar.

En cuanto a la primera observación, no puedo estar de acuerdo con que se registre un “abuso de la estadística descriptiva”. Al contrario, estimo que la profusión de datos estadísticos utilizados es positiva y el trabajo que ha requerido su recopilación, tratamiento y sistematización en cuadros y tablas ha merecido la pena, tanto por permitir sustentar mediante una base amplia los resultados de la investigación desarrollada, como para que el lector pueda así disponer de más elementos de consulta y juicio que le faciliten formarse una opinión propia de las cuestiones tratadas, independientemente de la opinión del autor. Se trata además de datos procedentes de fuentes desconocidas en muchos casos para el lector y que, por otra parte, al recopilarse en el mismo soporte permiten disponer en un solo texto de información y documentación de múltiples fuentes, sobre cuestiones diversas relacionadas con el objeto del trabajo.

Sobre la observación de que “esas estadísticas están elaboradas por la administración y esta está controlada por el poder político en primera instancia, con lo cual […] no deberíamos echar las campanas al vuelo en torno a la objetividad, no de unos datos estadísticos, que pueden ser perfectamente válidos, sino de las pretensiones o intenciones de la administración al elaborarlos en primer lugar y a su utilización posterior para anclar discursos políticos”, debo rechazarla igualmente en cuanto a su concurrencia en mi trabajo. De entrada, considero que se trata de datos elaborados por la administración entendida en su acepción de organización servida por funcionarios y demás empleados públicos, cuyo marco de actuación son las leyes y reglamentos y su sometimiento a controles administrativos y judiciales; se trata de un marco por tanto al margen de pretensiones o intenciones espurias, las cuales entiendo que no concurren es el caso de las tres administraciones de las que proceden datos importantes incluidos en mi trabajo: la comunitaria, la general del Estado y la autonómica/regional/local. En cuanto a la utilización posterior de dichos datos para anclar discursos políticos, también lo rechazo de plano en este caso; mis conclusiones como autor son personales, no de poder político alguno, e intentan basarse en el conocimiento al que llego a través de los diversos instrumentos metodológicos utilizados, incluidos unos datos estadísticos que no sólo provienen de las administraciones públicas antes citadas, sino de otras fuentes adicionales consultadas en aras a configurar una base de partida lo más amplia posible para el conocimiento de la cuestión. A título de ejemplo de dichas fuentes y sin ánimo exhaustivo (la bibliografía documentada en el trabajo incluye 623 registros): Banco Mundial, Bonn International Center for Conversion, CIA World Factbook, Chambre de Commerce d’Industrie et de Services de Nador, Defense Security Cooperation Agency, Economic Freedom of the World, FRONTEX, Heidelberg Institute for International Conflict Research, ICEX España, INE, Jane's Intelligence Centres, Office des changes du Maroc, Office National des Aéroports (ONDA), Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), Servicio Público de Empleo Estatal, Stockholm International Peace Research Institute (SIPRI), SOCIALWATCH, TheEconomistIntelligenceUnit, The Library of Congress Country Studies (TLCCS), World Development Indicators (WDI).

Con relación a la observación relativa al IPSI, encabezada por: “Una cosa son los datos de recaudación y otra cosa distinta es su utilización para justificar la existencia de un determinado sistema productivo y comercial en la ciudad”, debo hacer constar que el análisis que se realiza en el trabajo está deliberadamente circunscrito a determinadas variables, por ejemplo, los desarmes arancelarios de la OMC en general y de Marruecos en particular, incluidos diversos convenios internacionales suscritos por dicho país. Se busca el conocer mejor extremos tales como la correlación de la recaudación con las exportaciones de Melilla a Marruecos en régimen de viajeros (traslación del impuesto a Marruecos) y la sustitución paulatina de las mismas por exportaciones en régimen comercial (descenso de la recaudación). Al final, se pretende avanzar en el conocimiento del impuesto indirecto con mayor recaudación en la ciudad, clarificando sus puntos fuertes y débiles (por ejemplo, la dependencia implícita melillense de la contrapartida: las importaciones que hace Marruecos a través de Melilla). Dicho conocimiento se inscribe en el contexto de una mejor comprensión de un sistema dado, sin que se entre en la justificación de su existencia; ello supone que no pretenda ser la meta final a la que llegar, sino un paso más al que pueden seguir análisis más amplios, que puedan incluir si lo desean el estudio del sistema existente y su comparación con otros alternativos. Serían análisis en los que podrían integrarse estudios complementarios o adicionales, por ejemplo, sobre debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades en los ámbitos que se considerara oportuno contemplar y en particular en el económico y social. Se trata en cualquier caso de tareas siempre abiertas a quien sepa, pueda y desee ejecutarlas.

En lo que respecta al grupo de observaciones en el que se comienza por afirmar que: “no creo que sea más objetiva una investigación realizada con datos estadísticos que con una metodología cualitativa” y sobre algunos inconvenientes más de aquella, considero que cada autor es libre de optar en cada caso entre las metodologías que considere apropiadas; todas presentan ventajas e inconvenientes a valorar, por lo que en la práctica su validez hay que situarla al final en que las conclusiones de la investigación no sean desacertadas de entrada. A título de ejemplo, estoy convencido de que los datos estadísticos han sido esenciales para conocer el sector exterior de Marruecos y su incidencia en las disponibilidades económicas y financieras del país, a lo que se dedica el capítulo 3 (Balanzas de pagos, inversiones exteriores, etc.); lo que, por poner otro ejemplo, no ocurre en el caso de los conflictos próximos y otros factores transnacionales de inseguridad tratados en el capítulo 5. Continuando con este grupo de observaciones, ante la que afirma que los estudios estadísticos son “información pero no conocimiento” debe recordarse, sin entrar en cuestiones más extensas, la importancia que pueden llegar a tener dichos estudios tanto para obtener nuevos conocimientos, como para contrastar el conocimiento teórico previo con la realidad y en su caso reformularlo. En cuanto a la observación sobre posibles cambios de los datos estadísticos “en poco tiempo” y su posible repercusión en la validez de las conclusiones, se trata de una característica conocida al igual que su servidumbre: la actualización periódica de aquella parte de una investigación desarrollada sobre una base estadística; además, no parece razonable que su principal causa: la situación de cambio acelerado en que se adentra cada vez más nuestra sociedad, respete a otras metodologías. En cualquier caso, nada impide que el mismo o similar trabajo sea, no ya actualizado por el autor, sino desarrollado por cualquier otra persona mediante una metodología distinta que considere apropiada para proporcionar mayores ventajas y menores inconvenientes.

En lo referente a la observación de que mi afirmación de ser en principio la disputa soberanista entre España y Marruecos inamovible, permanente y estratégica para ambos países (págs. 351, 362 y 377 – cap. 6 y conclusiones), no es sino “fuegos de artífico para no analizar lo realmente importante, a saber, que la posición española es acorde con el derecho internacional y la marroquí no, carece de títulos jurídicos defendibles en este ámbito”, debo manifestar mi rechazo de plano. En efecto, el análisis en detalle no se ha omitido; lo que ocurre es que se silencia, o se desconoce, su previa inclusión en el capítulo 1, esencialmente dentro de los dos apartados siguientes: “1.2 La inseguridad generada por las demandas territoriales de Marruecos” (págs. 30-53) y “1.3 La seguridad proporcionada por el orden jurídico internacional” (págs. 54-66); a mayor abundamiento, cabe señalar el apartado “1.2.B) Argumentos de España y Marruecos acerca de la soberanía sobre Melilla” y su Cuadro 3.1 (págs. 39-43), en los cuales se recogen en detalle, en el marco de dos determinadas resoluciones de la ONU que también se transcriben, los principales argumentos invocados por ambos países.

Sobre la observación que puede sintetizarse en que en la solución del diferendo Marruecos-Frente Polisario sobre el Sahara Occidental “lo cierto es que la posición de España es irrelevante”, debo reiterar mi opinión contraria, que paso a explicar:

  • En primer lugar, hay que decir que si bien son varios los órganos de la ONU más concernidos: Asamblea General, Secretaría General, Comité Especial de Descolonización y Consejo de Seguridad (que a su vez establece la MINURSO), el principal órgano encargado de la controversia es el Consejo de Seguridad, en cuyo seno debe alcanzarse la solución a la misma. En este contexto, es conocido que las posiciones y aportaciones de España a la resolución del problema no deben considerarse sólo como las de la antigua potencia administradora, sino de quien según un dictamen de la propia ONU lo seguiría siendo formalmente (documento S/2002/161). Por ello, España ostenta una cierta responsabilidad en cuanto a la solución de la controversia ─al menos moral con determinados terceros─ y correlativamente sus aportaciones reciben cierta presunción de legitimidad ─no en todos los casos pero sí de facto por determinados países─; en su virtud, los criterios españoles suelen ser analizados con atención por los países que integran en cada momento el Consejo de Seguridad.
  • En segundo lugar, hay que recordar que en el bienio 2015-2016 España formó parte del propio Consejo de Seguridad, con lo que su contribución a la resolución del problema podía ser, llegado el caso, directa y determinante en cuanto a alcanzarse la mayoría de votos de un total de quince (que como se sabe requiere sin excepción los de los cinco miembros permanentes).
  • En tercer lugar, no debe omitirse la participación de España en el Grupo de Países Amigos del Sahara Occidental, junto a cuatro de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad: Francia, Estados Unidos, Reino Unido y Rusia; es de destacar sobre este grupo que su finalidad es tratar de ayudar a las partes a encontrar una salida a la controversia y que, en coherencia con ello, se ha encargado tradicionalmente de la elaboración para el Consejo de los proyectos de resolución sobre el Sahara Occidental. De hecho, según informaban los medios de comunicación en julio de 2010, el enviado especial del secretario general de la ONU, Christopher Ross, pidió el apoyo de España en su calidad de miembro del referido Grupo de Amigos: “El secretario general y yo mismo no podemos convencer a las partes de que abandonen su implacable apego al mutuo rechazo de sus posiciones […] Necesitamos un apoyo específico del Consejo de Seguridad y del Grupo de Amigos”. Más recientemente, ya en octubre de 2017 y según EFE y otras agencias informativas, en la agenda informal de primeros contactos del nuevo enviado del secretario general para el Sahara Occidental, Horst Köhler, se encuentran los miembros del citado Grupo de Amigos. Todo ello denota un protagonismo indudable de este grupo, en el que se encuentre España (y puede explicar determinadas críticas al mismo por parte de algunos países africanos, iberoamericanos y asiáticos, que significativamente son acompañadas de reivindicaciones participativas de los mismos).
  • En cuarto lugar, no hay que olvidar la explicable atención de Marruecos (y su reacción en determinadas ocasiones) a las aportaciones de los países que integran el Consejo de Seguridad y/o pertenecen al Grupo de Amigos (tanto considerados aisladamente como en cuanto a su participación en grupos de intereses), dado lo ajustado de las votaciones en algunos momentos. A título de ejemplo, si dentro del Consejo de Seguridad prosperara la aprobación de alguna propuesta crítica con el respeto por Marruecos a los derechos humanos en la zona en disputa, incluyendo la solicitud de protección militar para los ciudadanos que se manifiestan libremente, el conflicto estaría abocado a pasar del actual Capítulo VI¬ (Arreglo pacífico de controversias) con solución a través de medidas políticas y negociaciones, al Capítulo VII (Acción en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión) con permiso para el uso de la fuerza militar; ello podría suponer para Marruecos perder en gran parte la situación de facto de lo que denomina “soberanía sobre las zonas del sur”, en un marco internacional caracterizado porque ningún país reconoce formalmente la soberanía marroquí sobre el Sahara Occidental.
  • En quinto lugar, tampoco hay que olvidar una derivada importante de esta controversia, negativa para Marruecos, y la importancia que en tal contexto pudiera tener España. Me refiero a los problemas que está teniendo Marruecos con el TJUE al prosperar las denuncias de determinados Estados miembros de la UE, acerca de que dicho país no puede incluir en sus acuerdos internacionales la explotación de recursos naturales del Sahara Occidental, en tanto territorio no autónomo según la ONU. En el contexto subsiguiente a una primera reacción de Marruecos suspendiendo sus relaciones con la UE, no parece aventurado deducir el interés de dicho país en conseguir la colaboración temporal, en tanto se resuelve el problema de fondo del que se ocupa el Consejo de Seguridad de la ONU, de España entre otros Estados miembros comunitarios.

Paso a la observación siguiente: mi pronóstico de que una vez que se haya alcanzado un acuerdo sobre el contencioso del Sahara Occidental se reactivaría la amenaza de Marruecos contra Melilla, permite concluir al autor de las observaciones que “es indiferente el tipo de acuerdo para reactivar esa amenaza, bien a favor de Marruecos o desfavorable para sus intereses” y de ello intuye que “Marruecos siempre amenazará a las dos ciudades” (observación a la que se añade una digresión sobre la ilegalidad de la pretensión marroquí y la disuasión militar de España). Para empezar, debo decir que mi citado pronóstico lo asumo claramente como lo que es: un mero vaticinio, señalado claramente como personal y carente de dogmatismo alguno. Si la RAE señala que pronosticar es “conocer por algunos indicios lo futuro”, debo decir que los indicios en los que se ha basado mi pronóstico han sido citados en el trabajo: por ejemplo, cuando indiqué, como ya he mencionado y recuerda en su texto el autor de la observación, que el carácter de la discrepancia España-Marruecos sobre la soberanía de Melilla (entre otros territorios españoles en el norte de África) “es en principio inamovible, permanente y estratégico para ambos países” (págs. 351, 362 y 377); también cuando señalé en condicional: “La segunda perspectiva, la del largo plazo, se refiere al momento en que dicho contencioso alcance, en su caso, una solución positiva para Marruecos, hito a partir del cual el siguiente paso en la histórica estrategia expansionista alauita podría constituirlo una reactivación de las demandas sobre los citados territorios españoles” (pág. 219); asimismo, cuando abundé en el expansionismo alauita (págs. 37, 38, 215 y 216); y también los indicios contenidos en el apartado “1.2.C) Demandas de Marruecos sobre Melilla y aproximación explicativa” y “Cuadro 4.1. Demandas de Marruecos sobre Melilla y Ceuta y entorno en el que se registran (1956-2016)” (págs. 44-53). Lo anterior no descarta obviamente que existan otros elementos indiciarios diferentes que otro autor podría utilizar; nada impide que lo haga.

En lo que atañe a la observación de ser poco objetiva la afirmación de que en un supuesto conflicto España-Marruecos “tras una primera etapa de apoyo … cierto número de efectivos de la tropa profesional destacada en Melilla pasarían a estar en contra” (pág. 377), hay que ir al contexto del que procede, en el cual el texto es el siguiente: “En cuanto al ámbito de la tropa profesional, la opinión más extendida entre los analistas es que […] puede aventurarse que la profesión militar la viven como una profesión laboral “convencional”, en un mundo en el que no encuentran otro empleo, por lo que estaríamos ante profesionales ocasionales (en contraposición a vocacionales) sobre los que en caso de guerra abierta existe el riesgo de que tiendan a movilizar (junto con sus familias y entorno) todos los recursos disponibles para darse de baja en el ejército o, al menos, para no ser destacados a la zona del conflicto” (págs. 352-353). De su lectura se desprende que, si bien se trata de una opinión cuyo origen no surge directamente del propio autor y no es unánime ni dogmática, ello no es óbice para considerarla una explicación no descartable de entrada por irrazonable y, por tanto, indicativa de un determinado nivel de riesgo que no debe ignorarse en la práctica; ello con independencia de los hipotéticos deseos negativos que como autor del trabajo pudiera albergar sobre dicho riesgo.

En lo que se refiere a la observación de no compartir mi opinión de que en el futuro podría llegar a conformarse un movimiento social parecido a la marcha verde en 1975, basándose el autor de la observación en los cambios experimentados por la sociedad marroquí desde entonces, no puedo dejar de decir que me gustaría equivocarme, pero también en este caso aprecio un nivel de riesgo que no debo silenciar. Además, una cosa es la sociedad marroquí que quien hace la observación incluye entre los ejemplos de menor posibilidad de movilización (casos de Rabat y Casablanca) y otra cosa son las capas sociales aún menos favorecidas del Rif. Una cosa es también el déficit de movilización por el problema de la isla Perejil (casos de Belyounech y Tetuán) y otra cosa es una movilización que represente beneficios materiales inmediatos para las citadas capas sociales rifeñas. Además, el riesgo que cito en el trabajo está referido a contextos condicionales muy concretos. Un ejemplo a citar, no probable ¿pero imposible?, es el de un escenario futuro en el que se solucionaran para Marruecos el diferendo del Sáhara Occidental y su actual relación problemática con Argelia, en el que por dichas circunstancias se procediera al licenciamiento de militares, en el que la oferta del mercado de trabajo no fuera capaz de absorber el correspondiente aumento de la demanda, en el que pudieran ofrecerse beneficios materiales inmediatos (sin entrar en los espirituales) ligados al éxito de una especie de marcha verde sobre Melilla, etc.

Otra observación a rechazar es la de que no se comparte lo indicado en mi trabajo acerca de que “se confirma una situación de Marruecos retrasada respecto de la de España y de las demás democracias occidentales”, ya que para el autor de la observación la situación es abiertamente “no democrática en orden a las competencias atribuidas al monarca marroquí en la constitución de su país”. Personalmente creo que, como en muchas otras cuestiones controvertidas, considerar sólo los extremos (los conocidos blanco y negro) implica no tener en cuenta las situaciones de los espacios intermedios, hurtando al análisis la consideración de las correspondientes gradaciones y tonalidades, así como la determinación de la evolución o regresión de los componentes a considerar. Dicho criterio es coherente con por qué en mi trabajo se recoge el “Índice de Democracia” (págs. 250-252) que “The Economist” viene calculando desde hace años, aplicado en 2015 a 167 países; formado a partir de varios componentes (“Proceso electoral y pluralismo”, “Funcionamiento del Gobierno”, “Participación política”, “Cultura política” y “Libertades civiles”), su rango final oscila de 0 a 10, siendo 0 la ausencia total de democracia y 10 la democracia perfecta. España obtenía en 2015 un índice de 8’13 mientras Marruecos de 3’89, con lo que en el ranking de mejor a peor España ocupaba el puesto 17 y Marruecos el 107. Por todo ello se dice en el trabajo que “Marruecos está significativamente por detrás de España en la calidad de su democracia”. Lo anterior no es óbice para que en el trabajo se precise además que “la adopción de la declaración de guerra en Marruecos viene a enmarcarse en el fondo en el modelo de los países dictatoriales/autoritarios, con el riesgo que ello entraña para la comunidad internacional y más para sus países vecinos, como Argelia y, llegado el caso, España“ (pág. 250); para llegar a dicha opinión se había analizado el status del monarca marroquí en la Constitución, en el contexto de un análisis comparativo de aquellas cuestiones puntuales que se consideraron de importancia para el objeto del trabajo realizado.

Para ir finalizando, me referiré a determinadas observaciones que vienen a decir que se precisan metodologías alternativas para factores en juego tales como “la ideología nacionalista, la gestión del campo religioso en Marruecos por parte del rey, política migratoria y muchas otras cuestiones de cierto interés geopolítico”. Por una parte, debo señalar que en mi trabajo no he ignorado las cuestiones citadas, como lo muestran las referencias hechas a las mismas en determinadas ocasiones; cosa distinta es el espacio y atención concedido en una investigación que ha debido necesariamente limitarse a cuestiones consideradas por el autor muy en conexión con la seguridad de Melilla, so pena de que, en conjunción con otros factores expansivos (que aparecen en todos los trabajos), este en concreto aumentara excesivamente para los recursos disponibles. Aun así, se han hecho varias referencias a, entre otros factores de Marruecos tratados más detalladamente (economía, desarrollo, defensa, etc.), su nacionalismo (págs. 33, 197, 198, 239), corrupción (págs. 67, 289, 360), religión (págs. 238 a 240) e inmigración en el contexto al que se refieren ACNUR, FRONTEX y OIM (págs. 226-234). Por otra parte, debo reiterar que nada impide, a quien sepa, pueda y quiera, el acometer las investigaciones que considere oportunas, sobre las materias que decida, mediante la metodología que considere más apropiada y apoyándose o no en investigaciones precedentes.

Concluyo, señalando que todo proceso de interacción como el presente, en el que se insertan las notas precedentes y que se ha introducido en el párrafo inicial, debe estar a mi juicio supeditado a su desarrollo en un marco de respeto mutuo; circunstancia que si se da permite aportaciones de todas las partes concurrentes para la mejora del conocimiento y si no se da las hace inviables. Es por ello que, dadas en mi opinión las características negativas que a la luz de lo acabado de decir presentan en cuanto a la forma las observaciones recibidas, he escrito estas notas como única excepción a un debate en medios periodísticos en el que considero que, por la razón apuntada, no debo proseguir. Ello no implica que no siga estando dispuesto a colaborar en el estudio de la problemática de Melilla donde pueda aportar algo positivo, siempre por supuesto que las condiciones de interacción entre los participantes sean las apropiadas, como hasta ahora venía siendo habitual.

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